Mar/2023
Actualmente el mercado ofrece diversas formas de financiación que pueden ser utilizadas para el desarrollo de todo tipo de proyectos, entre las cuales encontramos el proceso de financiación colectiva o crowdfunding, el cual se define como una forma de financiación colectiva mediante la participación de muchas personas en algún proyecto a cambio de algún tipo de retribución o compensación, es decir que se trata de un modelo de recaudación en donde se busca obtener el apoyo de un gran número de individuos (inversionistas, donantes, etc.) quienes aportan diversas cantidades de capital para cubrir las necesidades de financiamiento de distintos tipos de proyectos que tienden a presentarse a la comunidad a través de plataformas digitales.
Existen diversas modalidades de crowdfunding que dependen de la clase de retribución o compensación que reciben los individuos que aportan el capital, pudiendo en primera instancia clasificarse como financieros y no financieros, siendo del primer tipo aquellos proyectos en los que se espera una retribución financiera a cambio del aporte de capital y del segundo tipo aquellos proyectos en donde existe una motivación social o personal de quien aporta el capital y por ello espera un tipo de compensación no financiera como en el caso de las donaciones o el fondeo de proyectos a cambio de algún producto o servicio que no conlleva una participación en el negocio o el pago de una tasa de interés.
Dentro de los tipos de crowdfunding financiero encontramos distintas modalidades siendo dos las que consideramos que, por ejemplo, podrían encajar dentro del sistema jurídico salvadoreño como una herramienta para la financiación de la ejecución de proyectos: (i) El crowdlending o préstamo entre particulares, el cual busca que los inversionistas otorguen préstamos, créditos, mutuos o cualquier otro financiamiento causante de un pasivo directo o contingente para el titular del proyecto, lo cual le permite financiarse sin la intervención de una institución financiera tradicional; y (ii) El royalty crowdfunding o financiación colectiva de copropiedad o regalías, cuyo fin es que los inversionistas y el titular del proyecto celebren un convenio por el cual el inversionista adquiere una parte alícuota o participación en un bien presente o futuro o en los ingresos, utilidades, regalías o pérdidas que se obtengan de la ejecución del proyecto.
Es preciso aclarar que si bien las modalidades antes detalladas, dependiendo de cómo sean estructuradas, pueden encajar dentro del ordenamiento jurídico en figuras reguladas por leyes generales que no están sujetas a la aprobación previa de entes reguladores para su ejecución, como los préstamos de consumo y los contratos de participación, existen modalidades que por su naturaleza no podrán realizarse bajo el modelo de crowdfunding en determinados sistemas jurídicos o deberán de contar con una autorización previa de un ente regulador.
Por ejemplo en El Salvador: i) No pueden realizarse cierto tipo de actividades de equity crowdfunding o financiación colectiva de acciones, dado que las mismas tienen como fin que los inversionistas compren o adquieran títulos representativos del capital social de personas jurídicas que actúen como solicitantes, actividad que se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley del Mercado de Valores salvadoreña, ley que establece que la oferta pública de valores existe cuando se hace un llamamiento para suscribir, enajenar o adquirir valores por algún medio de comunicación masiva o a personas indeterminadas estableciendo una serie de requisitos indispensables para la realización de dicha actividad; y ii) La realización de actividades de crowdlending (Oferta Pública de Deuda), royalty crowdfunding (Oferta Pública de Ingresos) o equity crowdfunding (Oferta Pública de Propiedad) a través de una oferta pública de activos digitales es permitida siempre y cuando se cumpla con lo establecido en la Ley de Emisión de Activos Digitales
En síntesis, el crowdfunding es una herramienta que permite al titular de un proyecto recaudar fondos provenientes de personas que poseen capital que desean utilizar para invertir en un porcentaje de la financiación de un proyecto específico.
En todo caso el éxito y la legalidad de las actividades de crowdfunding dependerá mayormente de la forma en que se estructure el mismo, por ende en cada caso deberá de evaluarse: (a) La forma en la que se estructurará el proyecto para que pueda ejecutarse de forma efectiva; (b) Las obligaciones y contingencias fiscales ligadas a la recepción del financiamiento colectivo o la entrega de la retribución; y (c) La forma de constitución y ejecución de las garantías cuando estás se ofrezcan como parte del proceso de financiación.
Adán Araujo
Senior Counsel
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