Jan/2021
El Servicio de Administración de Rentas (SAR) ha determinado que se encuentran habilitados los plazos administrativos que fueron suspendidos con motivo de la declaración de Estado de Emergencia de fecha 10 de febrero del 2020 por el PCM-05-2020 modificado en fecha 21 de marzo del 2020 por el PCM-023-2020, mismo que expiró el 31 de diciembre del 2020. Consecuentemente, es su interpretación que los plazos administrativos en materia fiscal se encuentran habilitados nuevamente desde el 04 de enero del 2021.
Consideramos que las otras instituciones estatales puedan tomar medidas similares muy pronto.
Claudia Midence
Asociada
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