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GUATEMALA - NUEVO REGLAMENTO PARA LA EMISIÓN DE SOLVENCIAS DE FALTAS DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Mar/2023

El 03 de marzo de 2023 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 33-2023, que contiene el nuevo Reglamento para la Emisión de Solvencias de Faltas de Trabajo y Previsión Social del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

 

El nuevo Reglamento regula el procedimiento y requisitos para la solicitud y emisión de Solvencias de Faltas de Trabajo y Previsión Social (“Solvencia de Trabajo”) de forma electrónica. Ello como parte de las acciones que ha implementado el Ministerio de Trabajo y Previsión social en la modernización y digitalización de la gestión administrativa, en apego a lo que establece la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos.

 

Las Solvencias de Trabajo son importantes para los patronos que deben acreditar que no tienen pendiente el pago de sanciones administrativas y que han cumplido con las obligaciones que motivaron la sanción para mantener u obtener determinados beneficios impositivos y arancelarios, así como para participar en licitaciones, cotizaciones o realizar contrataciones con el Estado.

 

La Inspección General de Trabajo es responsable de administrar, verificar, consolidar y mantener actualizado el Registro de Faltas de Trabajo y Previsión Social a nivel nacional.

 

Dicho registro contiene los nombres de las personas individuales o jurídicas que han sido sancionadas por incumplimientos a la legislación vigente en materia laboral y de previsión social, siempre y cuando hayan causado estado en sede administrativa o causada firmeza en sede judicial.

 

Para la eliminación en el Registro y emisión de la Solvencia de Trabajo, el interesado deberá acreditar el pago de la sanción impuesta y estar en cumplimiento de las obligaciones patronales cuyo incumplimiento motivó la sanción.

 

No obstante, lo anterior, el registro de la sanción quedará vigente por el plazo de un año, únicamente con el objetivo de establecer posibles casos de reincidencia.

 

A pesar de que se implementa la posibilidad de obtener la Solvencia de Trabajo de forma electrónica, los usuarios también podrán presentar su solicitud de forma física.

 

La solicitud de la Solvencia de Trabajo deberá de ser resuelta en un plazo de ocho (8) días hábiles, y su emisión tendrá un costo de Q.100.00 o, aproximadamente US$15.00, teniendo una vigencia de 100 días.

 

Si necesita información adicional sobre este tema no dude en contactarnos.

 

Rosa María Arenales

Socia

rosamaria.arenales@ariaslaw.com

 

Adrian Urbina

Paralegal

Adrian.urbina@ariaslaw.com


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