Mar/2023
Las sociedades mercantiles constituidas en la República de Guatemala deben celebrar una asamblea de accionistas (sociedades accionadas) o junta de socios (sociedades no accionadas) por lo menos una vez al año, dentro de los cuatro meses que sigan al cierre del ejercicio social, de conformidad con el Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala.
En dicha asamblea de accionistas o junta de socios, se deben tratar como mínimo, los siguientes puntos de agenda:
Si desea información adicional sobre este tema o requiere de nuestra asesoría para celebrar la asamblea de accionistas o junta de socios anual, por favor comuníquese con nosotros, de acuerdo con sus puntos de contacto con la Firma, o, en su caso, a la siguiente dirección de correo electrónico: contact.guatemala@ariaslaw.com
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