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GUATEMALA - ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS O JUNTAS DE SOCIOS ANUALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES COMO PARTE DE SUS OBLIGACIONES LEGALES

Mar/2023

Las sociedades mercantiles constituidas en la República de Guatemala deben celebrar una asamblea de accionistas (sociedades accionadas) o junta de socios (sociedades no accionadas) por lo menos una vez al año, dentro de los cuatro meses que sigan al cierre del ejercicio social, de conformidad con el Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala.

 

En dicha asamblea de accionistas o junta de socios, se deben tratar como mínimo, los siguientes puntos de agenda:

 

  • Discutir, aprobar o improbar el estado de pérdidas y ganancias y el balance general de la sociedad del período fiscal finalizado.
  • Discutir, aprobar o improbar el informe del órgano de administración.
  • Discutir, aprobar o improbar el informe del órgano de fiscalización de la sociedad, si lo hubiere.
  • En caso sea necesario, remover o nombrar a los administradores de la sociedad, así como a los auditores externos o, en su caso, al órgano de fiscalización de la sociedad, si así lo decidieran la asamblea o junta.
  • Conocer y resolver sobre el proyecto de distribución de utilidades preparado por el órgano de administración de la sociedad.

 

Si desea información adicional sobre este tema o requiere de nuestra asesoría para celebrar la asamblea de accionistas o junta de socios anual, por favor comuníquese con nosotros, de acuerdo con sus puntos de contacto con la Firma, o, en su caso, a la siguiente dirección de correo electrónico: contact.guatemala@ariaslaw.com    


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