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EL SALVADOR - REFORMA AL DECRETO LEGISLATIVO NÚMERO 593 DE DECLARACIÓN DE ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL DE LA PANDEMIA POR COVID-19

Mar/2020

En sesión plenaria celebrada el día veinte de marzo de este año, la Asamblea Legislativa emitió Dictamen Favorable al proyecto de reforma del decreto legislativo 593 presentado por el Presidente de la República. Esta reforma recae sobre el artículo 9 del decreto legislativo 593 por el cual se declaró Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por COVID-19 aprobado el 14 de marzo de este año. Dicho artículo contiene la suspensión de los términos y plazos procesales, tanto en procedimientos administrativos como en procesos judiciales, sin importar la materia o la instancia en la que se encuentren. En el decreto 593, la suspensión de los plazos únicamente aplicaba en los casos que se vieran afectados directamente por la aplicación del mismo decreto, sin embargo con esta reforma se elimina dicho supuesto de estar afectado directamente y simplemente se establece la suspensión de los plazos de tales procesos. 

Al igual que el decreto original, en esta reforma se establece que no se incurrirá en incumplimiento de las obligaciones contractuales ni en penalidades civiles o mercantiles, las personas que se ven imposibilitadas de cumplir con sus obligaciones por estar afectadas directamente por las medidas establecidas en el decreto 593 del Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por COVID-19. En cuanto al sistema financiero, será el Comité de Normas del Banco Central de Reservas quien emitirá la normativa correspondiente.

La reforma también habilita el uso de documentos de identidad que venzan durante todo el periodo de vigencia del decreto.

Esta reforma entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

 

Jaime Rodríguez
Socio
Jaime.rodriguez@ariaslaw.com

 

Carolina Lazo
Socia
Carolina.lazo@ariaslaw.com


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