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EL SALVADOR - REFORMA A LA LEY DEL REGISTRO DE COMERCIO

Nov/2022

Mediante Decreto Legislativo N° 553, de fecha 8 de noviembre de 2022, publicado en el Diario Oficial Tomo N° 437, de esa misma fecha, fue aprobada una reforma al inciso final del Art. 107 bis de la Ley del Registro de Comercio, por medio de la cual se establece que a la solicitud de registro y renovación de matrícula de empresa y establecimiento en el Registro de Comercio, deberá de anexarse solvencia del “Registro de Información Estadística de Empresas” emitida por el Banco Central de Reserva de El Salvador, quedando el Consejo Directivo de dicha institución facultado para establecer el monto a cobrar por la emisión de dicha solvencia.

 

En dicha reforma se faculta además al Banco Central de Reserva para aprobar las normas técnicas para establecer la información, formularios, y documentación complementaria que será necesario presentar para la emisión de la mencionada solvencia, así como cualquier otro criterio técnico necesario para la implementación de los medios o mecanismos institucionales de captura información estadística de empresas.

 

La presente reforma entró en vigor el 15 de noviembre del presente año.

 

Roberta Gallardo

Socia

Roberta.gallardo@ariaslaw.com

 

Flor Rodríguez

Senior Counsel

flor.rodriguez@ariaslaw.com


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