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EL SALVADOR - RECORDATORIO PARA TITULARES DE SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES

Sep/2020

El día 2 de noviembre de 2019 entró en vigencia el Reglamento Técnico Salvadoreño: Aguas Residuales, Parámetros de Calidad de Aguas Residuales para Descarga y Manejo de Lodos Residuales (RTS 13.05.01:18). Posteriormente el día 6 de noviembre de 2019 entró en vigencia el Reglamento Especial de Aguas Residuales y Manejo de Lodos Residuales. En estos reglamentos se establecen ciertas obligaciones para los titulares de sistemas de tratamiento de aguas residuales que deben cumplirse conforme a los siguientes plazos:

 

  • Según el artículo 34 del Reglamento Especial de Aguas Residuales y Manejo de Lodos Residuales, los titulares que a su entrada en vigencia cuenten con permiso ambiental y planta de tratamiento de aguas residuales, deberán presentar al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Programa de Manejo Ambiental Ajustado en relación al tratamiento de las aguas residuales y manejo de lodos, en el plazo de un año. Este plazo vence el día 6 de noviembre de 2020. 

 

  • De acuerdo con el artículo 5.1.4 del RTS 13.05.01:18, las actividades o proyectos que cuenten con permiso ambiental a la entrada en vigencia del RTS 13.05.01:18, cuyos sistemas de tratamiento de aguas residuales no cumplan con las distancias mínimas de retiro establecidas en el apartado 5.1.3, cuentan con el plazo de un año para presentar el Programa de Manejo Ambiental Ajustado o un estudio técnico en el que se demuestre la no afectación, para poder seguir operando. El plazo para cumplir este requisito vence el 2 de noviembre de 2020.

 

Por lo anterior, les recordamos a nuestros clientes tomar nota de dichos plazos a fin de cumplir con lo establecido en los citados reglamentos.

 

Carolina Lazo
Socia
carolina.lazo@ariaslaw.com

 

Marianella Guidos
Asociada
marianella.guidos@ariaslaw.com


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