Nov/2021
Mediante resolución de las dieciséis horas del día 24 de noviembre de 2021, el Fiscal General de la República aprobó una prórroga de seis meses a la entrada vigencia del nuevo Instructivo para la Prevención, Detección y Control del Lavado de Dinero y de Activos, Financiamiento del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, plazo que, según dicha resolución, se contará a partir del día 7 de diciembre de 2021 y finalizará el día 6 de junio de 2022.
Sin perjuicio de lo anterior, en la resolución se aclara que dicha prórroga no será aplicable a lo dispuesto en el Título II, Capitulo IV, Artículos del 24 al 26 del Instructivo, referidos a las medidas sobre el inicio o continuidad de las relaciones contractuales con clientes o contrapartes; como tampoco a los plazos establecidos en los Artículos del 85 al 91 del Instructivo, relacionados a la elaboración de formularios que debe emitir la UIF para el reporte de las operaciones y el registro y desarrollo tecnológico que deben implementar los Sujetos Obligados, por lo que las expresadas disposiciones entrarán en vigencia según lo previsto originalmente, es decir, el 26 de noviembre de 2021.
Consideramos importante mencionar que la prórroga otorgada ha tenido lugar a instancia de la Asociación Bancaria Salvadoreña, la Cámara Americana de Comercio de El Salvador y la Cámara de la Industria Textil, Confección y Zonas Francas de El Salvador, quienes, en nombre de los Sujetos Obligados pertenecientes al sector que representan, manifestaron la necesidad de contar con un plazo más amplio, con respecto a la entrada en vigencia del Instructivo, que permita implementar los cambios administrativos, estructurales y tecnológicos que del mismo se derivan.
Quedamos a sus órdenes por cualquier consulta o requerimiento relacionado con la implementación del referido Instructivo.
Fernando Montano
Socio
fernando.montano@ariaslaw.com
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