Jan/2022
En Sesión No. CD-39/2021 del mes de diciembre de 2021, el Consejo Directivo del Banco Central de Reserva, autorizó el nuevo “Instructivo para Calificar Instituciones Domiciliadas en el Exterior en el contexto de la Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y Código Tributario”, el cual entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022.
Dicho instructivo tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta, la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y el Código Tributario, regulando el procedimiento y requisitos que deben cumplir las entidades domiciliadas en el exterior para ser calificadas por el Banco Central de Reserva de El Salvador y así obtener ciertos beneficios fiscales (entre los que destacan la exención de IVA, y la reducción en la tasa aplicable de Impuesto sobre la Renta) en las operaciones de financiamiento otorgadas en El Salvador.
En general las regulaciones relacionadas con el ámbito de aplicación, disposiciones fiscales concernientes a la calificación, y los requisitos formales, no han sufrido cambios sustanciales, con excepción de los mencionados a continuación:
Es importante tomar en consideración que todas las instituciones que deseen calificarse a partir de la entrada en vigencia del nuevo instructivo o que ya habían iniciado un proceso de calificación, estarán obligadas a cumplir con los requisitos establecidos en el nuevo instructivo. Las instituciones con calificación vigente mantendrán dicha calificación durante el plazo que la misma haya sido otorgada.
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Ernesto Sánchez
Senior Counsel
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César López
Senior Counsel
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