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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE EL SALVADOR APRUEBA LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Y FOMENTO AL RECICLAJE

Dec/2019

El pasado 19 de diciembre la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Gestión Integral de Residuos y Fomento al Reciclaje, luego del estudio realizado por la comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático. El decreto ya fue remitido al presidente de la República para su sanción.

Esta ley tiene por objeto propiciar el aprovechamiento de los residuos y asegurar una disposición final sanitaria y ambientalmente segura con el fin de fomentar el modelo de economía circular. Este objetivo se alcanzaría mediante la disminución de la generación de residuos y fomentando la reparación, la reutilización y el reciclaje.

Se asignan obligaciones y competencias a las siguientes instituciones:

  • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales: Elaborar, ejecutar y aprobar el Plan Nacional para la Gestión Integral de Residuos; expedir y promover reglamentos, normas técnicas y demás normativa relacionada al manejo de residuos; emitir, dictaminar, aprobar o rechazar las solicitudes de autorizaciones y permisos necesarios para el manejo de residuos; etc.
  • Municipalidades: Incluir en sus ordenanzas la obligación de las personas de entregar a los recolectores los residuos de forma separada; diseñar y aplicar su Manual de Gestión Integral de Residuos, etc.
  • Ministerio de Educación: Incluir en el currículo nacional de educación la temática de gestión integral de residuos y fomento al reciclaje desde educación parvularia hasta educación superior; y desarrollar programas de capacitación para los maestros en la materia.
  • Ministerio de Salud: Realizar inspecciones sanitarias en las instalaciones de los rellenos sanitarios, composteras, etc.; notificar al MARN y a la alcaldía correspondiente sobre las irregularidades que resulten de las inspecciones; declarar como zona de riesgo sanitario cualquier porción territorial que presente un riesgo zoonótico o de grave amenaza; entre otras.

De igual forma, la Ley establece obligaciones a los gestores de residuos que son las personas que realizan las operaciones de manejo de residuos propios o de terceros, a los generadores de residuos, es decir a quienes producen todo tipo de residuos derivados de sus actividades, y a los consumidores, con las que se busca, principalmente, motivar a la adopción de medidas para disminuir la generación de residuos. Estas obligaciones son:

  • Para los generadores de residuos: Implementar medidas para la reducción de la generación de residuos; clasificar y separar los residuos y entregarlos a un gestor autorizado; implementar el uso de alternativas más limpias; etc.
  • Para los gestores de residuos: Tener autorización del MARN para desarrollar las actividades de gestión de residuos; tener aprobado su Manual de Gestión de Residuos; presentar informes al MARN de sus actividades, etc.
  • Para los consumidores: Efectuar la separación primaria desde la fuente de los residuos y entregarlos al recolector municipal o al gestor autorizado, en la forma que establezca cada municipalidad de.

La Ley hace la distinción entre residuos municipales, residuos de manejo especial y residuos peligrosos, esto con el fin de determinar el tratamiento que se le dará a cada tipo de residuo; sin embargo con relación a los residuos peligrosos establece que a estos le aplicará el Reglamento Especial en Materia de Sustancias, Residuos y Desechos Peligrosos. Adicionalmente, contempla infracciones leves, graves y muy graves y las sanciones respectivas que pueden llegar a ser hasta de cuarenta salarios mínimos.

A esta fecha la Ley no ha sido sancionada por el presidente. De ser sancionada, se publicará en el Diario Oficial y entrará en vigencia ocho días después de su publicación.


Carolina Lazo
Socio
Carolina.lazo@ariaslaw.com

Josué Lemus
Asociado
Josue.lemus@ariaslaw.com


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