Apr/2020
El día tres de abril de 2020, se emitió el Decreto Ejecutivo en el Ramo de Salud No.18, el cual establece como medida de contención que ninguna persona con fines directamente recreativos pueda permanecer en las playas, ríos, lagos, balnearios o centros turísticos en todo el territorio nacional.
La permanencia de personas en estos lugares deberá ser la estrictamente necesaria para las actividades de pesca y otras relacionadas con labores marítimas y de mantenimiento de dichos lugares.
El presente decreto entró en vigencia el tres de abril del 2020 y su efecto será hasta la finalización de la cuarentena.
Arias El Salvador
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