Mar/2020
El día 16 de marzo de 2020 se emitió el Decreto Ejecutivo en el Ramo de Salud No.06, el cual tiene por objeto que todos los trabajadores del sector público y privado que sean mayores a sesenta años de edad, mujeres en periodo de gestación y personas con ciertas enfermedades (Insuficiencia Renal Crónica o Trasplantados; Cáncer en procesos de radioterapias o quimioterapias; Lupus; Diabetes Mellitus; y Enfermedades pulmonares crónicas), se resguarden en sus respectivos lugares de domicilio o residencia, a fin de evitar que sean sujetos a contagio o se conviertan en vectores de transmisión del COVID-19. La medida adoptada deberá durar mientras estén vigentes el decreto de ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL DE LA PANDEMIA POR COVID-19 (del 14 de marzo) y la LEY DE RESTRICCIÓN TEMPORAL DE DERECHOS CONSTITUCIONALES CONCRETOS PARA ATENDER LA PANDEMIA COVID-19 (del 15 de marzo), y, o sus eventuales prórrogas.
Este Decreto Ejecutivo ordena a los empleadores públicos y privados a erogar la totalidad del salario que le corresponda a cada trabajador por cada uno de los días que estuviesen resguardados en su lugar de residencia o domicilio. Se exceptúan de dicho decreto los trabajadores del sector público que sean mayores de sesenta años que presten servicios directamente relacionados al Ramo de Salud, a la Dirección General de Migración y Extranjería, a la Dirección General de Protección Civil, a la Dirección General de Aduanas, y demás entidades que se requieran para garantizar la salud, la seguridad física o material y la seguridad alimentaria de la población.
Las medidas especiales adoptadas en dicho decreto son:
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Arias El Salvador
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