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EL SALVADOR - LA ASAMBLEA LEGISLATIVA MODIFICÓ EL MONTO DE LOS INGRESOS OBTENIDOS COMO CONDICIÓN PARA RESULTAR OBLIGADO A DICTAMINARSE FISCALMENTE

Apr/2019

El día 10 de abril de 2019 la Asamblea Legislativa aprobó reforma al artículo 131 del Código Tributario, a través de la cual incrementa el monto de ingresos anuales que activan la obligación de nombrar auditor fiscal para dictaminarse fiscalmente, siendo el monto actual de USD$571,428.57 y el contenido en dicha reforma de 4,817 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios, que equivalen a USD$1,465,186.89, tomando en cuenta que el salario mínimo mensual vigente de dicho sector es de USD$304.17.

Por lo que, con base a dicha reforma estarían obligados a nombrar auditor fiscal para dictaminarse fiscalmente los contribuyentes que cumplan cualquiera de las condiciones siguientes:

a) haber poseído un activo total al 31 de diciembre del año anterior al que se dictamine, superior a USD$1,142,857.14; b) haber obtenido ingresos en el año anterior superiores a 4,817 salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios; c) las personas jurídicas resultantes de la fusión o transformación de sociedades, por el ejercicio en que ocurran dichos actos y por el siguiente; y, d) las sociedades en liquidación por cada ejercicio impositivo desde que se inscriba la disolución hasta que finalicen los trámites de la liquidación.

El Decreto está pendiente de sanción Presidencial y publicación en el Diario Oficial, por lo que, aún no se encuentra en vigencia.

Puede consultar el Decreto Legislativo de fecha 10 de abril de 2019 aprobado por la Asamblea Legislativa haciendo clic aquí.


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