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DISPOSICIONES MIGRATORIAS EN HONDURAS

Aug/2020

La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización emitió Acuerdo Ministerial, el cual contiene disposiciones de importancia para los extranjeros radicados en Honduras:

 

  • Turismo, oficiales, negocios y otros extranjeros no residente:
    • Se prorroga de manera automática la estadía por treinta (30) días hábiles adicionales al plazo inicial otorgado, contados a partir del 17 de agosto de 2020.
    • Los extranjeros pueden registrar su salida del país en los puntos de control migratorio o en caso contrario podrán optar a solicitar una prórroga de estadía.
    • De no solicitar prórroga e incurrir en sobre estadía deberá abandonar el país sujeto a las multas correspondientes.
    • Los extranjeros bajo la categoría de turista que realizaron prórroga de estadía en el país amparados en el Acuerdo Ministerial 149-2020, no quedan amparados bajo este acuerdo y no podrán optar a segunda prórroga.

 

  • Renovación Carné de Residente:
    • Extranjeros residentes temporales y permanentes cuentan con un plazo adicional de treinta (30) días hábiles, contados a partir del 17 de agosto para solicitar la renovación de su carné en línea o de forma presencial.

 

  • Renovación de Permiso Especial de Permanencia (Contratados por Empresa Privada):
    • Los extranjeros que tengan pendiente la renovación de su permiso especial de permanencia, se les extiende un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del 17 de agosto para solicitar la renovación en línea o de forma presencial.
    • Los extranjeros podrán optar a solicitar una prórroga de estadía.

 

  • Prórrogas de Estadía( Residencias y Permisos Especiales de Permanencia En Trámite):
    • Para los extranjeros que ya tenían en trámite residencias y permisos de permanencia, se extiende el plazo por treinta (30) días hábiles adicionales contados a partir del 17 de agosto, para que se continúe con el trámite de prórroga.

 

  • Inscripción en el Registro Nacional de Extranjeros:
    • Los extranjeros que tengan pendiente la inscripción en el Registro Nacional de Extranjeros, tendrán un plazo adicional de treinta (30) días hábiles, contados a partir del 17 de agosto,  para continuar con sus procesos de forma presencial.

 

Si tiene preguntas o desea conocer más información sobre el tema, por favor no dude en contactarnos.

 

Fanny Rodríguez                                                     
Socia
Fanny.Rodriguez@ariaslaw.com 

 

José Fernando Villela
Colaborador jurídico
Jose.Villela@ariaslaw.com


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