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EL SALVADOR: DECRETO NO. 601 – LEY TRANSITORIA PARA DIFERIR EL PAGO DE FACTURAS DE SERVICIOS DE AGUA, ENERGÍA ELÉCTRICA Y TELECOMUNICACIONES

Mar/2020

Como parte del desarrollo al Decreto Legislativo No. 593, Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por COVID -19, La Asamblea Legislativa decretó la Ley Transitoria para diferir el Pago de Facturas de Servicios de Agua, Energía Eléctrica y Telecomunicaciones a fin de mitigar el impacto económico que puedan provocar las medidas sanitarias adoptadas.

 

Los beneficiarios serán personas naturales o jurídicas y municipalidades que hayan experimentado una disminución de sus ingresos directamente por los cierres parciales o totales decretados ante la pandemia. Para el caso de las personas naturales, se dispone que se aplique este beneficio a aquellos que tengan un consumo de energía eléctrica de hasta 200/Kwh al mes.

 

El objetivo del presente es diferir el pago de las facturas de servicios de agua potable, energía eléctrica y telecomunicaciones, de los meses de marzo, abril y mayo del presente año. Estos tres pagos serán diluidos en dos años sin generar mora, intereses u otra penalidad.

 

Los prestadores de dichos servicios por ninguna razón deberán realizar el corte del mismo mientras dure la emergencia y las empresas o instituciones prestadoras de estos servicios podrán establecer condiciones de plazo mayor u otra modalidad de pago que beneficie a los clientes.

 

Cualquier consulta o información adicional sobre lo anterior, no dude en contactarnos. 

 

Equipo Arias El Salvador

 


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