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EL SALVADOR - NUEVO REGLAMENTO TÉCNICO DE AGUAS RESIDUALES Y MANEJO DE LODOS

Jul/2019

Recientemente ha sido publicado en el Diario Oficial número 79, tomo 429, del 2 de mayo de 2019, el Reglamento Técnico Salvadoreño: Aguas Residuales. Parámetros de Calidad de Aguas Residuales para descarga y Manejo de Lodos Residuales, el cual viene a sustituir a la Norma Salvadoreña Obligatoria 13.49.01:09. Agua. Aguas Residuales Descargadas a un Cuerpo Receptor, la cual ha estado vigente desde el año 2009.

Todo uso consuntivo del agua, es decir que una vez usada no tiene las mismas condiciones, implica la generación de aguas residuales.  Este reglamento regula la forma en la que se debe tratar el agua antes de ser devuelta a un medio receptor, ya sea éste un río, lago, laguna, quebrada, mar, u otro, para evitar la contaminación.

Este nuevo reglamento busca establecer aspectos de gran importancia para el vertido de aguas que no estaban regulados en la normativa anterior. Entre las novedades de este reglamento se encuentran las siguientes:

  • Inclusión de algunas condiciones técnicas que se deben tomar en cuenta para la construcción de plantas de tratamiento, tal como la distancia con respecto a otras áreas de un proyecto. Esto, para las nuevas plantas de tratamientos, y para el caso de las ya existentes, establece que a la entrada en vigencia de este Reglamento, tendrán un plazo de un año para presentar un programa de manejo ambiental o estudio técnico que demuestre la no afectación con relación a su ubicación.
  • Prohibición de la mezcla de aguas especiales con cualquier otro tipo de aguas con fines de disolución.
  • Cambia los límites máximos permisibles de algunos parámetros y se agregan otros.
  • Establece las condiciones que el titular debe cumplir para poder reusar las aguas tratadas.
  • Especifica la forma, la frecuencia y otros aspectos técnicos para la toma de muestras, así como también la obligación del titular de contar con procedimientos para la toma de muestras, el registro de mantenimiento de equipos y contar con personal capacitado.
  • Obliga al titular a documentar la cadena de custodia de las muestras.
  • Detalla las obligaciones del titular respecto a la generación de lodos residuales, tal como la de realizar una caracterización de los lodos.

La aprobación de este Reglamento Técnico es parte de un cambio integral de la regulación para el vertido de aguas residuales, ya que también se está trabajando en una reforma del Reglamento Especial de Aguas Residuales, el cual no ha sido aprobado aún. El Reglamento Técnico entrará en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.

 

Escrito por:

Josué Lemus

Asociado

josue.lemus@ariaslaw.com


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