May/2019
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por medio de resolución emitida en el proceso de inconstitucionalidad identificado con la referencia 156-2015 de fecha 11 de enero de 2019 admitió la demanda de inconstitucionalidad en lo relacionado con: (i) el artículo 5 de la referida ley por la supuesta infracción del principio de seguridad jurídica; (ii) el artículo 4 de la ley en referencia por la aparente transgresión al principio de equidad tributaria en su manifestación de capacidad económica; (iii) los artículos 2 y 3 de la ley citada, por la presunta conculcación del principio de unidad de caja o de no afectación; y (iv) los artículos 4 y 5 de la ley en mención por la supuesta violación del principio de legalidad en materia tributaria.
No obstante, que la Sala de lo Constitucional admite la demanda de inconstitucionalidad, decidió no declarar la medida cautelar solicitada, consistente en la suspensión de los efectos de dicha ley desde el momento de su admisión.
Puede consultar la resolución emitida en el proceso de inconstitucionalidad 156-2015 de fecha 11 de enero de 2019 haciendo clic aquí.
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