Dec/2017
Decreto que exime de retención y pago del impuesto sobre la renta al ingreso recibido en concepto de aguinaldo para el año 2017
Mediante Decreto Legislativo Número 831 de fecha 8 de noviembre de 2017, la Asamblea Legislativa de la República de El Salvador eximió para el corriente año la retención y pago del Impuesto sobre la Renta a los ingresos que, en concepto de aguinaldo, reciban los trabajadores según lo dispuesto por el Código de Trabajo y la Ley sobre Compensación Adicional en Efectivo. Dicha exención aplica para los aguinaldos que no excedan de un monto equivalente a dos salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios.
En atención a este decreto, las prestaciones en concepto de aguinaldo que fueren superiores a dos salarios mínimos, estarán sujetas a retención y pago del referido impuesto; sin embargo, para su cálculo deberán deducirse los dos salarios mínimos en mención.
El monto del salario mínimo vigente para el sector comercio y servicios es de US$10.00 por día.
Este decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial No. 215, Tomo No. 417, de fecha 17 de noviembre de 2017.
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