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EL SALVADOR - DECLARAN INCONSTITUCIONAL LA LEY DE IMPUESTO SOBRE OPERACIONES FINANCIERAS Y OTRAS REFORMAS

Jun/2018

Declaran inconstitucional la Ley de Impuesto sobre Operaciones  Financieras y reformas al Código Tributario

y a la Ley de Impuesto sobre la Renta efectuadas en el año 2014

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por medio de sentencia 96-2014 de fecha 28 de mayo de 2018 declaró inconstitucionales los Decretos Legislativos números 762, 763 y 764 aprobados en la Sesión Plenaria de la Asamblea Legislativa del 30 de julio de 2014, que finalizó el 31 de julio de 2014.

En el Decreto Legislativo 764 se aprobó la Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras.

En el Decreto Legislativo 763 se reformó el Código Tributario para habilitar la aplicación de los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en la determinación de precios de transferencia, regular la suspensión del plazo de prescripción del cobro, la interrupción del plazo de caducidad de la facultad de fiscalización desde la notificación del auto de designación de auditor hasta 3 años más, incorpora norma sobre equipos electrónicos para control de pagos, modifica formalidades en la notificación de tasaciones de impuestos y multas y en el procedimiento de audiencia y apertura a pruebas, así como en el caso de fedatarios, lo regulado sobre la solvencia de impuestos internos se hace extensivo a las obligaciones tributarias aduaneras, atribuye a la Dirección General de Impuestos Internos la competencia para divulgar lista de deudores y regula la publicidad de resoluciones de tasaciones de impuestos y multas.

En el Decreto Legislativo 762 se reformó la Ley de Impuesto sobre la Renta para incorporar por una parte, un capítulo sobre el pago mínimo del 1% sobre el activo neto que fue declarado inconstitucional por sentencia 98-2014 de fecha 17 de abril de 2015 y por otra parte, el art. 132-B que deroga las exenciones en lo relativo al Impuesto sobre la Renta contenidas en el art. 8 de la Ley de Imprenta lo que no es extensivo a las exenciones establecidas al libro.

La razón fundamental de esa declaratoria de inconstitucionalidad es que no existió la posibilidad real de deliberación y discusión parlamentaria, lo cual contraviene el artículo 135 inciso primero de la Constitución.

Los efectos de la inconstitucionalidad se difieren hasta el 31 de diciembre de 2018, de manera que los decretos continuarán aplicándose hasta esa fecha, dejando a salvo a la Asamblea Legislativa la posibilidad de superar esa deficiencia formal hasta que llegue esa fecha y solo si no la supera, ya no serán aplicables esos decretos a partir del 1 de enero de 2019.

Puede acceder a la sentencia haciendo clic aquí.


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